lunes, 12 de agosto de 2024

INICIAMOS SEMESTRE EN LA UAD-UAZ. SITUACIONES BÁSICAS PARA RECORDAR EN DERECHO PENAL II

 


INICIAMOS SEMESTRE EN LA UAD-UAZ.

SITUACIONES BÁSICAS PARA RECORDAR EN DERECHO PENAL II

 

Dra. Abigail Gaytán Martínez
Docente investigadora de la UAD-UAZ
Miembro del SNII nivel I
Perfil PRODEP

 

CONDUCTA, como se ha mencionado en múltiples ocasiones, la conducta es el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo -de acción o de omisión-

También la podemos entender como la manifestación de la personalidad de un sujeto en relación con el mundo circundante.

La primera una definición del sistema finalista y la segunda del funcionalismo.

Una vez que tenemos una conducta, se debe analizar dogmáticamente y determinar si esta es típica, es decir, si hay un tipo penal al que se pueda adecuar y con ello tendremos la tipicidad -la adecuación de una conducta al tipo penal-.

Una vez establecido ello se debe determinar si es antijurídica y si se dan los elementos de la culpabilidad.

Si la conducta es típica, antijurídica y culpable, estamos ante un delitos; al faltar uno de esos elementos esenciales no estaremos ante un delito, posiblemente ante un hecho típico -si la conducta es típica, es antijurídica, pero no es culpable.

No hay comentarios:

Publicar un comentario