miércoles, 31 de agosto de 2016

CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN



Abigail Gaytán Martínez
Docente Investigador. Unidad Académica de Derecho, SUA semi-escolarizado

Universidad Autónoma de Zacatecas


Las Causas de Justificación son el elemento negativo de la antijuridicidad. Al actualizarse alguna de ellas, no se podrá configurar el delito, ya que, como dijimos, la antijuridicidad es un elemento esencial del delito. Pero ¿Qué y cuáles son las Causas de Justificación?

Son las condiciones establecidas por el legislador que tienen el poder de excluir la antijuridicidad de una conducta típica, es decir, el agente o sujeto activo obra con voluntad consciente, en condiciones de imputabilidad, pero su conducta no será delictiva por ser justa conforme a derecho;  no podrá por lo tanto exigirse responsabilidad alguna porque quien actúa conforme a derecho, no puede decirse que lesiona bienes jurídicos.

La esencia o razón de ser de las causas de justificación radica en la ausencia de interés o la preponderancia de un bien jurídicamente protegido. A saber el Estado excluye la antijuridicidad que en condiciones ordinarias subsistiría, cuando no existe el bien jurídico que se trata de proteger, o cuando concurren dos intereses jurídicamente tutelados y no puede salvar ambos y el derecho opta por conservar el más valioso.

Tienen su fundamento en el artículo 13 del Código Penal para el Estado de Zacatecas agrupadas bajo el rubro “Circunstancias excluyentes de responsabilidad”, es importante mencionar que no todas las circunstancias ahí mencionadas son Causas de Justificación, agrupa a todas a las circunstancias bajo las cuales no se configura el delito, es decir esos elementos o aspectos negativos a que hemos estado refiriéndonos.

¿Cuáles son las Causas de Justificación?

LA LEGÍTIMA DEFENSA

EL ESTADO DE NECESIDAD

EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER

EL EJERCICIO DE UN DERECHO

Hablaremos de ellas en particular, pero de inicio diremos que existen reglas para hacer valer las causas de justificación y he de comentarles que cuando hablamos de ellas, mis alumnos se molestan porque dicen que son muchos requisitos y que es imposible su acreditación, yo les he contestado, que desde mi punto de vista es así porque digamos así, el Estado nos autoriza a violar bienes jurídicos y por lo tanto no puede dejar abierta la posibilidad a la incertidumbre o abuso.


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