Detalle de Prometeo, Unidad Académica de Derecho, UAZ. (Foto: Abigail Gaytán) |
EVOLUCIÓN
DE LAS IDEAS PENALES
Dra. Abigail Gaytán Martínez
Docente Investigador, Unidad Académica de Derecho
Universidad Autónoma de Zacatecas.
Perfil PRODEP.
La evolución de la función
represiva, no se dio de la noche a la mañana, parte de ideas que son
consideradas no como Derecho Penal sino, como una forma ancestral de afrontar
la necesidad individual o colectiva de protección o incluso como un instinto
conservador.
Así encontramos:
LA VENGANZA PRIVADA. La
Ley del Talión o Fórmula Talionaria (Ojo por Ojo, Diente por Diente), pena que consiste
en hacer sufrir al delincuente un daño igual al que causó; representa por
supuesto un adelanto en los pueblos antiguos para limitar los excesos de la
venganza. Después vendría el sistema de composiciones que consistía en venta de
un derecho a otro que quisiera ejercerlo o bien la compensación económica a la
víctima.
LA VENGANZA DIVINA. Estamos
hablando de una fusión entre Derecho y religión, y así, el delito es una ofensa
a la divinidad más que a la persona o grupo, esto es, se entiende que el
derecho a castigar proviene de la divinidad y por lo tanto el delito constituye
una ofensa a esa divinidad, la pena pues se convierte en una expiación (Borrar
las culpas, purificarse de ellas por medio de algún sacrificio). Ese derecho a
castigar es ejercicio por los sacerdotes, cualquiera que sea la religión de la
que hablemos. Recordemos los Tribunales de la Santa Inquisición o Tribunal del
Santo Oficio, órgano eclesiástico que inquiría y castigaba los delitos contra
la fe, originalmente, luego al derecho civil.
LA VENGANZA PÚBLICA. Se inicia
la transformación de pena y función represiva dándose un carácter eminentemente
público, con la aspiración de mantener la tranquilidad pública; jueces y
tribunales podían incluso imponer penas no previstas en la norma o delito inexistentes
para ésta, y por supuesto las penas eran más graves cada día, esto, considerando
el grupo al que se aplicarán (clase altas o nobles, o bien clase bajas o siervos).
La sanción por la comisión vuelve al Estado y al ser cruel en su aplicación, es
por que se considera venganza pública. El delito tiene un carácter moral y
religioso.
PERÍODO HUMANITARIO. Buscando
esa separación entre la iglesia y el Estado, se está ante la humanización de
las penas, se identifica principalmente con la obra de César de Bonnesana, Marqués
de Beccaria, Tratado de los Delitos y de las Penas. Obra que logró convulsionar
a la sociedad de su época (publicado en 1764 y hoy en día es un texto recomendable
para entender el origen de las penas) por hablar principalmente de la
separación entre la justicia divina y la justicia aplicada por el Estado, la
abolición de la pena de muerte y la tortura, y, en general la humanización de
las penas. Y dijo: “Para que toda pena no
constituya un acto violento de un individuo, o de muchos, contra un ciudadano
particular; dicha pena debe ser esencialmente pública, inmediata, necesaria, la
mínima de las posibles, proporcionada al delito y prescrita por las leyes…”
PERÍODO CIENTÍFICO. Es a
partir de la obra de Beccaria que a la vez se considera el inicio de ésta
etapa, es decir, a partir de la cual se inicia la sistematización del Derecho Penal,
así como esa búsqueda de la verdad o del fin del delito, pero ahora de una forma
ordenada y sistemática; algunos autores consideran que el inicio de la etapa
científica lo es a partir de los estudios de la escuela positiva, sin embargo,
si bien constituyen la base de las actuales ciencias penales y auxiliares del Derecho
Penal (que se han analizado con antelación), propiamente se considera que los
positivistas crearon ciencias causal-explicativas de la criminalidad pero no
Derecho Penal propiamente.
Estas etapas de la evolución
de las ideas penales, no marcan una fecha exacta de inicio y término ya que
muchas de ellas han convivido susperpuestas, es decir, unas encima de otras. Algunas
creemos que han quedado en el pasado vergonzoso del Derecho Penal, como la
venganza privada o la venganza pública, sin embargo, cada día vemos como grupos
de personas, causan daños iguales o superiores a los causados por quienes
presumen han cometido un delito en contra de una comunidad, o bien como se
imponen penas que sobrepasan la esperanza de vida del mexicano, o ¿usted qué
opina?
Referencias:
Beccaria.
Tratado de los delitos y de las penas,
Porrúa, 18ª edición, Primera reimpresión, Tomada de la 14ª edición facsimilar,
México, 2011.
Castellanos
Tena, Fernando. Lineamientos Elementales
de Derecho Penal, Parte General, Porrúa, 53ª edición, México, 2015.
Pavón
Vasconcelos, Francisco. Manual de Derecho
Penal Mexicano, Parte General, Porrúa, 21ª edición, México, 2016.
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