Unidad Académica de Derecho, UAZ. (Fotos: Abigail Gaytán Martínez) |
Abigail
Gaytán Martínez
Docente
Investigador, SUA Semiescolarizado.
Unidad
Académica de Derecho,
Universidad Autónoma
de Zacatecas.
ELEMENTOS DE LA ACCIÓN EN
SENTIDO AMPLIO (Acción y Omisión)
Como ya hemos mencionado la
conducta “ese comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado
a un propósito” puede ser por acción o por omisión, es decir por un hacer o no
hacer, positivo o negativo, pero ¿cuáles son su elementos?
A.
Los elementos de la acción se entienden como:
1.
La voluntad o manifestación de la voluntad
(el querer), y nos referimos a querer no sola la conducta, sino el resultado
2.
El resultado (el hacer), debe tener como como causa un
hacer del agente o sujeto activo y
3.
La relación de causalidad o nexo causal
(relación entre el querer y el hacer), nos referimos a esa relación que debe
existir entre la conducta y el resultado. Es decir, el resultado debe tener
como causa un hacer del agente y debe existir una liga entre la conducta
voluntaria y el resultado.
B.
Elementos de la omisión (simple omisión y
comisión por omisión)
1.
Voluntad. Una manifestación de voluntad que
se traduce en un no hacer
2.
Inactividad. Que se traduce en no efectuar la
acción ordenada por el Derecho, es decir el sujeto de la conducta se abstiene
de realizar la conducta a que legalmente está obligado, así pues no será
cualquier abstención, sino aquella ordenada por la Ley
Ambos
elementos la voluntad y la inactividad forman parte de la simple omisión y de
la comisión por omisión. Sin embargo por lo que hace al resultado, en la comisión
por omisión el resultado material y la relación de causalidad se dan justamente
por esa abstención; por el no hacer determinado por la norma, se produce el
resultado.
Respecto
de la simple omisión el resultado no es material, sino de naturaleza jurídica,
es decir se da una únicamente una violación a la norma y su resultado debe
constituir una figura delictiva contemplada en la norma. Concretamente diremos
que no hay una relación de causalidad al no haber un resultado material, el nexo
es de naturaleza normativa y no de naturaleza causal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario